La pandemia por la covid-19 ha impulsado la práctica de la telesalud para la atención de pacientes que junto a sus doctores-del otro lado de la pantalla de un dispositivo electrónico- le han dado seguimiento a sus diagnósticos médicos mediante una atención virtual.
En periodos de distanciamiento físico y dificultades para acceder a la atención médica, este recurso digital se reafirma como un método válido tanto para personal médico como para pacientes.
Según la Organización Panamericana de la Salud, la telesalud (incluyendo a la telemedicina) involucra la entrega de servicios de salud usando las Tecnologías de Información y Comunicación (TICs), específicamente cuando la distancia es un obstáculo para los servicios de la salud.
El pasado 7 de octubre, el proyecto de ley 313 del 14 de abril de 2020, que establece los lineamientos para el desarrollo de la telesalud en el país, fue aprobado en tercer debate en la Asamblea Nacional.
El uso de plataformas tecnológicas para descongestionar el sistema de salud es uno de los objetivos principales de esta propuesta. Con ella también se busca evitar que las personas se tengan que movilizar hacia los hospitales o centros de salud para recibir un diagnóstico especializado, llevar atención médica a puntos más apartados del país, monitorear pacientes, gestionar de manera digital las solicitudes de exámenes, radiografías y similares que se dan en los hospitales, entre otros.
“Imaginémonos por ejemplo que una persona en La Palma necesita tener una consulta con un ortopeda, pero en el centro de salud de la Palma solo hay médicos generales. La premisa es que, mediante el uso de la tecnología, un ortopeda ubicado en la Ciudad de Panamá pueda ir guiando al médico general para que realice los exámenes que el especialista considere pertinentes para diagnosticar a la persona y establecer un plan de acción para su tratamiento y que toda la información necesaria para realizar el diagnóstico, de manera legal y regulada, se le transmita en tiempo real al ortopeda en la Ciudad”, comenta el diputado Raúl Fernández, proponente del proyecto de ley presentado el pasado mes de abril, en entrevista vía e-mail.
Aunque los centros hospitalarios del Ministerio de Salud y la Caja del Seguro Social (CSS) ya trabajan con plataformas virtuales para agendar citas y llevar historiales médicos virtuales, Fernández destaca que la ley establece de forma particular la creación del Sistema digital de recetas médicas, el Sistema digital de certificados de incapacidad y el Sistema digital de constancias médicas.
El proyecto de ley contempla en su artículo 5 que el prestador de servicio será el encargado de la capacitación el personal médico en el uso de las herramientas tecnológicas para llevar a cabo la teleconsulta. En su artículo 6, se aborda además la confidencialidad y la responsabilidad de informar al paciente.
“El responsable de una actividad de telesalud o telemedicina debe obtener el consentimiento informado, en los casos que aplique, del paciente o usuario o de su representante, e informar a estos cómo funciona la atención mediante el uso de tecnologías de la información y comunicaciones, el alcance, los riesgos, los beneficios, las responsabilidades, el manejo de la privacidad y confidencialidad, el manejo de sus datos personales, los protocolos de contacto según la categoría de telemedicina que se use, las condiciones para prescripción de tecnologías en salud, los procedimientos a seguir en situaciones de emergencia, los procedimientos a seguir por fallas tecnológicas incluidas las de comunicación y los riesgos de violaciones de la confidencialidad durante las consultas virtuales, entre otros”, destaca el artículo 6 sobre Consentimiento informado.
En el artículo 8 se establece que la comunicación entre el personal de la salud y los usuarios a través de plataformas tecnológicas para actividades de telesalud, debe estar autorizada por el usuario. Además, tanto el personal de la salud como el usuario deben identificarse al inicio de la comunicación. De acuerdo a la protección a la ley de protección de datos del paciente, se debe garantizar el tratamiento confidencial de la información.
Telesalud en Panamá: regulada, confidencial e informativa ante el paciente
Doctores en Panamá como Hiram Martín, especializado en medicina familiar en el hospital Santa fé y en el Hospital regional de la CSS de Chepo, empezaron a practicar la telemedicina justo en la pandemia.
En estos meses, el 75% de los pacientes en teleconsulta del doctor Martín han sido nuevos. Considera que la pandemia le abrió las puertas a la virtualidad en las consultas, herramienta que no se había propulsado en el país, y que paulatinamente ha despertado el interés de los usuarios.
El médico familiar indica que la teleconsulta es beneficiosa para pacientes con diagnósticos como diabetes, hipertensión, con patologías que puedan atenderse a distancia. No para urgencias.
Sus consultas las realiza a través de plataformas de videoconferencias como Zoom, Hangouts o, en algunos casos, videollamada de Whatsapp. Antes de la cita online, el usuario recibe por parte del doctor un documento para llenar sus datos otro con las normas de la consulta, como el lapso de la cita. Con el apoyo de servicios virtuales, también lleva el expediente médico del paciente y emite recetas electrónicas, las cuales ahora, por la pandemia, tienen más aceptación en las farmacias.
El especialista piensa que, aunque la atención virtual no reemplazará a la presencial, la telemedicina es una herramienta tan válida como la consulta tradicional y que será una alternativa muy beneficiosa para el sistema público. “Ahí se maneja la gran masa de pacientes a nivel nacional. A muchos de ellos les cuesta llegar a una consulta por temas de movilidad o seguridad, y se abstienen de acudir. La telemedicina podría ser beneficiosa para ellos. Sabemos que hay barreras tecnológicas, de educación y de acceso, porque en Panamá no tenemos red gratuita de Internet, por ejemplo, pero sería una oportunidad para muchos pacientes”, concluye el doctor.