De acuerdo con el Artículo 47 de la Ley 31 del 25 de julio de 2006, “los nacimientos de hijos de padre o madre oriundo y residente de una provincia o comarca distinta de aquella donde ocurrió el nacimiento podrán inscribirse, por solicitud del padre o la madre, en la jurisdicción de residencia de estos, siempre que el hecho vital haya ocurrido en un hospital o centro de salud, o con asistencia médica en cualquier otro lugar”.

¿Sabías que la provincia donde más recién nacidos provenientes de otras provincias se inscriben es Los Santos?

Conoce los requisitos para realizar este trámite aquí

Estadísticas compartidas por el Tribunal Electoral reflejan cuántos nacimientos fueron inscritos fuera de la provincia en que realmente ocurrieron.

Sobre el registro de recién nacidos fuera de su provincia natal, Humberto Castillo, director de comunicaciones del Tribunal Electoral destacó que “el 60% corresponde a nacimientos inscritos en la provincia de Los Santos”.

A continuación, te mostramos los datos: