El 14 de febrero de 2022 se promulgó la ley 284 que subroga la ley 31 de 2010.
Esta ley tenía ya bastantes meses en discusión tanto por el grupo de trabajo conformado por diferentes sectores relacionados con la propiedad horizontal como en la Asamblea Nacional. Esta nueva normativa viene a remplazar la ley que estuvo vigente por 12 años y que requería ajustarse a la realidad actual y corregir lagunas y vacíos que presentaba la ley anterior y que impedían poder tener una aplicación acorde con los nuevos tiempos.
La ley 284 debe ser reglamentada lo antes posible para permitir una aplicación adecuada y no permitir múltiples interpretaciones. Sin embargo, ya está vigente y son estas disposiciones las que deben regir el régimen de PH y las obligaciones y derechos de promotores, propietarios, residentes, juntas directivas y administradores.
Entre los puntos más importantes que presenta esta nueva ley resaltan las siguientes:
Esta nueva normativa obliga tanto a los administradores como a las juntas directivas a capacitarse para que tengan la posibilidad no solo de aplicar la ley dentro de las propiedades que administran, sino para evitar caer en situaciones que puedan involucrar procesos administrativos por errores o dolo en la gestión. Esta capacitación sin duda debe ser extensiva a los colaboradores en sitio.
Adicional, será importante la promoción y publicidad de las obligaciones y responsabilidades que esta nueva ley trae a todos los residentes y propietarios que vivimos en una unidad bajo el régimen de propiedad horizontal.