Mi vecino se la pasa fumando dentro de su cocina a diario y todo el humo entra a mi apartamento. ¿Es esto permitido?

La ley 13 de 2008 que adopta medidas para el control del tabaco solo prohíbe el consumo de esta sustancia en las áreas comunes de los edificios públicos y privados de uso comercial y doméstico. No está prohibido fumar dentro de la propiedad privada. Lamentablemente muchas veces estas prácticas causan afectaciones a otros vecinos que se ven privados incluso de utilizar sus balcones y terrazas por las molestias. Le recomiendo converse con la administración para que trabaje en la comunicación y campañas para crear conciencia sobre las molestias que le están ocasionando y/o acuda a la Casa de Paz de su corregimiento para que sea esta autoridad quien medie en esta situación.

Tengo un solo estacionamiento y quiero venderlo a mi vecino. Por mi edad no voy a requerir ya un auto.

La Ley 31 de 2010 establece que solo será posible el traspaso de espacios de estacionamiento de automóviles si la unidad inmobiliaria que traspasa el espacio no queda con menos de la cantidad de estacionamientos que establecen las normas de ordenamiento territorial del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial. Teniendo un solo puesto de estacionamiento, no es posible venderlo. La alternativa que tiene es alquilar el puesto de estacionamiento que no está utilizando.

El otro día la visita de un propietario tiró por el balcón un vaso que me rompió el vidrio de la mesa de mi terraza y dañó unas baldosas del piso. ¿Quién debe hacerse responsable de los daños?

La Ley 31 de 2010 establece que quien ocupe alguna unidad inmobiliaria será responsable de los daños causados a terceros por dolo, culpa o negligencia de sus invitados. Por ende, le corresponde al propietario asumir los daños los cuales deberán ser pagados en treinta días calendarios. Es importante que el administrador levante un acta en la que se detallen estos daños.

La próxima semana hay una asamblea virtual en mi PH. La administradora es muy amiga mía y confío ciento por ciento en ella. ¿Puede ella representarme en la asamblea?

No es posible. A pesar que la ley establece que cualquier propietario puede hacerse representar por un mandatario en las asambleas, explícitamente exceptúa a los administradores de esta posibilidad.

La autora es abogada y dueña de Administra PTY